1. ¿Qué productos oferta nuestra Red de Sucursales?
R/ La Red de Sucursales en general oferta varios productos como: aperturas de cuentas de ahorro, certificados de depósito y depósitos a plazo (pueden ser en pesos cubanos o en moneda libremente convetible); apertura de cuentas corrientes, entre otros.
2. ¿Con cuántas Sucursales y Cajas de Ahorro cuenta la institución en el país?
R/ Nuestro Banco posee una de las redes más amplias en Cuba, integrada por 220 Sucursales y 201 Cajas de Ahorro.
3. ¿Cómo puedo enviar dinero a mis familiares y amigos en Cuba?
R/ En cualquier oficina bancaria del mundo puede solicitar el envío de dinero hacia Cuba a través de uno de nuestros bancos corresponsales y reembolsantes.
El depósito puede hacerlo en la moneda más conveniente, según el país donde se encuentre y el destinatario lo recibirá en pesos cubanos convertibles (CUC). Para que su transferencia llegue rápido y segura a su destino es muy importante señalar en la orden de pago, el código de la sucursal de destino, dirección particular del beneficiario, y teléfono si lo tiene.
4. ¿Se pueden recibir transferencias desde el exterior en diferentes tipos de monedas?
R/ Si, se puede recibir cualquier moneda y se convierten aplicando la tasa de cambio a CUC.
5. ¿Se pueden recibir transferencias en USD hacia una cuenta de ahorro en USD?
R/ Las cuentas en USD no reciben transferencias.
6. ¿Cuál de los productos de Ahorro en divisa reporta mayores beneficios?
R/ Los Certificados de Depósitos y Depósitos a Plazo son los que determinan el pago de mayores intereses.
7. ¿Cómo se calcula el interés para una Cuenta de Ahorro, Depósito a Plazo Fijo o Certificado de Depósito a término?
R/ Interés = Saldo de la cuenta o Importe del depósito X Tasa de Interés x T / 360 T: Cantidad de días que el saldo del depósito se mantuvo invariable o estuvo vigente
8. ¿Cómo se efectúa el pago a beneficiarios y herederos?
R/ En una Cuenta de Ahorro o Depósito a Plazo Fijo, cuando son individuales, pueden designarse todos los beneficiarios que se deseen, teniendo en cuenta que entre todos los que se tengan designados, podrán cobrar por cada cuenta o depósito, sólo hasta $5000.00 del saldo, en caso de fallecimiento del titular.
En caso de estar casado(a) el (la) titular fallecido(a), su viuda (o) tendrá derecho a cobrar el 50% del saldo ingresado durante la vigencia del matrimonio. La parte restante del saldo quedará a disposición de los beneficiarios designados, y lo que reste luego de cobrar los beneficiarios podrá ser solicitado por los herederos.
|